Un fallo judicial publicado ayer en Uruguay desestima la apelación de las autoridades estatales de Educación (ANEP), que buscaban obligar a las familias menonitas del departamento de Florida a incorporar a sus hijos a una escuela oficial uruguaya, estatal o privada. En marzo de 2025 una jueza había fallado a favor de la escuela presencial y virtual que la comunidad gestiona para los menores en el lugar donde viven. El caso llegó a juicio el año pasado y fue protagonista en los medios uruguayos (ver nota acá).
Finalmente, el martes pasado el Tribunal de Apelaciones de Familia de 2º Turno de Montevideo, compuesto por Mónica González, Alicia Álvarez Martínez, y Eduardo Cavalli, resolvió confirmar la resolución inicial, que desestimaba la denuncia de ANEP. Consideraron que no se había demostrado que los niños estuvieran privados de su derecho a la educación, ya que se acreditó que recibían una educación conforme a su ideología religiosa y cultural, a través de un sistema de enseñanza en línea y presencial.
En su análisis del fallo favorable a la comunidad menonita, la revista Extramuros concluye (leer nota acá):
- No hay prueba de que el derecho a la educación de los niños fue vulnerado por los menonitas
- No se probó que los niños no recibían educación de acuerdo a lo exigido en la Constitución
- El INAU ha demostrado que los niños no están aislados socialmente
- En Uruguay no existe un principio de monopolio educativo del Estado
- La Constitución no permite hablar de la necesidad de “equiparar” los programas de las entidades privadas a los oficiales
- ”Educar es incorporar a alguien a una cierta tradición cultural , imponiéndole principios; y los principios jamás son neutros”
- En suma, y dado que el Estado no tiene el monopolio constitucional de los valores, no hay motivo a la pretensión de ANEP de que los niños sean enviados a una escuela pública o privada
Leer el fallo completo: https://validaciones.poderjudicial.gub.uy/?cve=003010283074598CAED5
Foto de portada: Diario Cambios
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