UNESCO se pronunció sobre la educación en casa: la valida pero pide supervisión

El 25 de septiembre pasado la UNESCO (organismo de las Naciones Unidas dedicado a la educación, la ciencia y la cultura) publicó el informe «Lo que hay que saber sobre la educación en el hogar desde la perspectiva de los derechos humanos»Homeschooling through a human rights lens´ es el original en inglés, que puede leerse completo acá).

Se trata de un proyecto de investigación que comenzó en 2023 como parte de la “Iniciativa sobre la evolución del derecho a la educación” y analiza los desafíos, las oportunidades y las tendencias de la educación en el hogar. Reconoce el aumento de esta práctica y declara que el objetivo fue «completar la brecha en cuanto al conocimiento que se tiene y proporcionar información a los debates con miras a aclarar los derechos y las obligaciones en el marco de los derechos humanos a escala internacional». La premisa que hay detrás es que «la salvaguardia del derecho a la educación en todos los ámbitos sigue siendo una responsabilidad fundamental del Estado», algo a lo que las voces más radicales de la libertad educativa ya están reaccionando.

Lo bueno

El informe fue emitido por una organización respetada y consultada para la elaboración de políticas públicas en el mundo. Según creo, es una ventaja que nombre universalmente una práctica educativa que ocurre en varios países pero sigue cubierta por un manto de sospecha en la mayoría. La buena noticia es que la reconoce como una opción a la escolaridad y la define claramente:

«La educación en el hogar se diferencia de la educación tradicional y no tradicional por estar dirigida fundamentalmente por los padres, porque se imparte en las casas, tiene una duración flexible e implica la responsabilidad directa de los padres de los educandos. Sin embargo, aunque muchas actividades relacionadas con la educación en el hogar se llevan a cabo en los propios hogares, los padres pueden utilizar los recursos y apoyarse en el entorno de la comunidad, así como en las instalaciones públicas, para enriquecer el aprendizaje de los niños. La educación en las casas se diferencia de la educación virtual, las clases particulares o la educación privada por el papel central que desempeñan los padres (incluidos los tutores legales y cuidadores) en la dirección del proceso educativo».

Bien aprovechada, esta manifestación pública puede servir a los colectivos de familias de nuestros países de Latinoamérica, donde no está reconocido, para construir legitimidad y normativa desde una base más firme.

Las dudas

Sin embargo, el documento todo huele a desconfianza, implicando que es muy difícil controlar la calidad de este tipo de educación. Mi primera reacción es pensar que la escuela administrada por el Estado  en muchos países tampoco la garantiza, aún contando con fuertes elementos de control y presupuesto designado:

«La educación en el hogar puede proporcionar una educación de calidad, pero no la garantiza necesariamente. Esto depende de si se cumple con los estándares que establece el Estado, tal y como exige el derecho internacional de los derechos humanos. La educación de calidad se define por determinadas características como la disponibilidad, la accesibilidad y la adaptabilidad, haciendo especial énfasis en contenidos culturalmente apropiados, planes de estudio pertinentes y en la capacidad de satisfacer las diversas necesidades de los alumnos. Evaluar la calidad de la educación en el hogar es difícil debido a la carencia de datos, las deficiencias metodológicas de los estudios existentes y la diversidad de los contextos en que se desarrolla la educación en el hogar».

El resto de las consideraciones que motivaron a la UNESCO a realizar la investigación son:

. Normativa: «Para garantizar una aplicación eficaz, no solo se necesitan marcos jurídicos claros, sino también una capacidad suficiente y consultas con las partes interesadas para las normas sean justas, prácticas y transparentes».

. Socialización: «La Convención sobre los Derechos del Niño hace hincapié en que la educación debe promover la socialización, el pensamiento crítico y la participación en la vida social. Aunque los estudios han demostrado que muchos niños educados en los hogares participan en actividades sociales y poseen capacidades sociales adecuadas, persisten las preocupaciones acerca de la falta de exposición a perspectivas diversas y los posibles efectos sobre la cohesión social».

. Bienestar, diversidad y seguimiento: «Las consideraciones clave incluyen garantizar que la educación en el hogar fomente el bienestar del niño, reconozca la diversidad de los educandos que reciben educación en el hogar y fomente la exposición a la diversidad cultural. Los gobiernos deben implementar mecanismos de seguimiento, como el registro y las evaluaciones, al tiempo que garantizan la capacidad reguladora y brindan apoyo a los padres».

Complejidad y nuevo contrato educativo

«En conclusión, la educación en casa puede considerarse un asunto extremadamente complejo, motivado por una amplia gama de razones y en el que los contextos desempeñan un papel fundamental tanto en su desarrollo como en su consiguiente regulación. Sin embargo, dado el auge de esta práctica en algunos países y una agenda internacional centrada en un nuevo contrato social para la educación, es necesario analizar las divergencias en las perspectivas sobre la educación en casa desde una perspectiva de derechos», dicen las últimas páginas del estudio.

Backstage

El informe lleva la firma de la portuguesa Catalina Cerqueira y la francesa Sharlene Bianchi. De las otras fuentes consultadas, encontré una especialista: Angela R. Watson, del laboratorio de investigación del homeschool en la Universidad Johns Hopkins de Estados Unidos. Antes de publicarse, en 2024 un panel de expertos lo discutió online y ahí también encontré listada a otra especialista, Jonah Stewart de la Coalición para el Homeschool Responsable (CRHE) de Estados Unidos. Otra de las consultadas fue la ONG suiza por la libertad educativa OIDEL.

Repercusiones

Mientras leemos el informe completo, en los próximos días AlterEdu se propone publicar las opiniones y reacciones de diferentes actores latinoamericanos de la educación en casa.

ÍNDICE del informe:
Breve resumen
Agradecimientos
Introducción
1 Panorama general de la educación en casa
1.1 Definición de la educación en casa
1.2 Diferencias entre la educación en casa y la pandemia de COVID-19
1.3 Breve resumen de la historia y las tendencias actuales de la educación en casa
2 Derechos humanos aplicados a la educación en casa
2.1 Libertad de elección
2.1.1 ¿Qué es la libertad de elección?
2.1.2 ¿Cuáles son las razones por las que los padres eligen la educación en casa? 2.2 Educación gratuita y obligatoria
2.2.1 Educación obligatoria
2.2.2 Educación gratuita
2.3 Educación de calidad
2.3.1 Objetivos de la educación
2.3.2 Estándares mínimos de educación
2.3.3 Proceso y entorno de aprendizaje
Métodos y enfoques de la educación en casa
Implicaciones para el uso de soluciones educativas digitales
2.3.4 Contenido de la educación
2.4 Igualdad, no discriminación e inclusión
Implicaciones para la igualdad de género
2.5 Deber de los padres y/o tutores legales
2.6 Bienestar y derechos de los niños
2.6.1 El derecho a no sufrir violencia
2.6.2 El interés superior del niño y el derecho a ser escuchado
2.6.3 El derecho al acceso a información y material de diversas fuentes
2.7 Libertad de pensamiento, conciencia y religión, y diversidad cultural
2.8 Rendición de cuentas y seguimiento
2.8.1 Registro
2.8.2 Inspecciones
2.8.3 Evaluación de los resultados de la educación en el hogar
2.8.4 Perspectivas sobre una mayor regulación y la necesidad de consultar a las partes interesadas
3 Implicaciones de la educación en el hogar y la socialización
Conclusión
Referencias
Lista de recuadros y tablas
Recuadro 1: Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1960) – Artículo 5
Recuadro 2: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) – Artículo 13
Recuadro 3: Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1960) – Artículos 1 y 2
Recuadro 4: Convención sobre los Derechos del Niño (1989) – Artículo 29
Recuadro 5: Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1960) – Artículo 5
Recuadro 6: Convención sobre los Derechos del Niño (1989) – Artículos 5 y 18
Recuadro 7: Convención sobre los Derechos del Niño (1989) – Artículo 19 Recuadro 8: Convención sobre los Derechos del Niño (1989) – Artículos 3 y 12
Recuadro 9: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) – Artículo 18
Tabla 1: Situación legal de la educación en el hogar en países seleccionados

Leé el resumen y descargá el informe completo: https://www.unesco.org/es/articles/lo-que-hay-que-saber-sobre-la-educacion-en-el-hogar-desde-la-perspectiva-de-los-derechos-humanos

 

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